Los autores literarios, dramáticos, cinematográficos, podrán realizar acuerdos bilaterales para determinar el precio de los derechos de sus obras.
Se completa la desregulación de las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor. A través de los Decretos 207 y 208/2025, publicados hoy en el Boletín Oficial, se establecieron los parámetros en la gestión de la Sociedad General de Autores de la Argentina (ARGENTORES).
El decreto establece que la percepción de derechos por parte de ARGENTORES deberá realizarse en función de acuerdos entre creadores y terceros que exploten sus obras. Además, la fijación de aranceles se regirá por las disposiciones del Decreto 138/2025, estableciendo criterios para evitar discrecionalidad en los valores.
En este sentido, el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, sostuvo: “La peculiaridad de este caso es que ARGENTORES es la única Sociedad de Gestión Colectiva (SGC) que tiene un monopolio otorgado por ley. Por este motivo, la tarifa acordada bilateralmente luego deberá cobrarse a través de la SGC”.
Uno de los cambios más relevantes es que el pago de regalías a los autores deberá realizarse en un plazo no mayor a dos meses, en proporcionalidad según el uso de las obras. Para garantizar la transparencia en la gestión de derechos, se crea un Auditor de fiscalización y planillas, designado por el Ministerio de Justicia, que será responsable de supervisar la distribución de fondos y evitar irregularidades en la administración.