Son penas de hasta diez años de prisión. Los imputados tienen por delante sólo un paso más antes que las penas adquieran fuerza de cosa juzgada.
La Cámara Federal de Casación rechazó un recurso de la defensa del empresario Lázaro Báez y de otros imputados para que la Corte Suprema revisara las condenas en la causa conocida como “Ruta del Dinero”.
El máximo tribunal penal declaró “inadmisible” sendos recursos extraordinarios planteados por los condenados Báez, Juan De Rasis, Claudio Bustos, Martín Eraso, Julio Mendoza, César Fernández, Fabián Rossi, Carlos Molinari, Eduardo Castro, Martín Báez, Walter Zanzot, Daniel Pérez Gadín y Jorge Chueco.
El fallo ratifica las penas para todos –en el caso de Lázaro Báez, a diez años de cárcel- y deja firme el criterio respecto a la modalidad del delito de “lavado” por el que fueron condenados.
En la etapa de juicio oral, el tribunal sostuvo que el dinero –unos 65 millones de dólares- que se les atribuye haber lavado provenía de la corrupción en la obra pública.
Sin embargo la Cámara de Casación consideró que el “delito precedente” que generó el dinero ilegal que el grupo lavó provino, en realidad, de la evasión impositiva.
La Cámara de Casación había rebajado las penas de los imputados, en el caso de Báez de 12 años de prisión a diez.
Los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky cerraron la vía de apelación ante la Corte en un proceso en el que también están condenados dos hijos de Báez y los financistas Leonardo Fariña y Federico Elaskar.
Las defensas tienen ahora la posibilidad de recurrir ante la Corte por vía de un “recurso directo” o de “queja”, para un último paso antes que las condenas adquieran fuerza de cosa juzgada.
Escrito por Néstor Espósito
NA – Buenos Aires, Argentina