En la última sesión de la Cámara de Diputados dio tratamiento a la denominada ley Lucio, la que consiste en la capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio en derechos de las niñas, niños y adolescentes destinado a las personas que se desempeñan en áreas y dependencias de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado quienes forman parte del Sistema Integral de Promoción y Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
La Diputada Sandra Fonseca por el Bloque Comunidad Organizada acompañó dicha iniciativa, expresando “Si bien hoy acompaño este proyecto, no debemos olvidar que en la ley provincial N° 2.703 ya se encontraba operativa dicha capacitación, pero totalmente incumplida”.
“Al momento de sancionar la ley 2.703 en el año 2012 en el recinto expresé “Como funcionarios y funcionarias públicas somos ética y jurídicamente responsables por lo que hacemos y por lo que no hacemos, es por eso que para que el Sistema de Protección Integral de los Niños, Niñas y Adolescentes, propuestos en el proyecto de ley en tratamiento, no termine siendo una mera declaración de buenas intenciones y principios y que realmente pueda ponerse en práctica con plena vigencia en todo el territorio de la Provincia de La Pampa, para ello es necesario capacitar en forma intensiva y abandonar fundamentalmente el adultocentrismo que desplaza a las mujeres por género y desplaza a los niños por su edad reitero mi preocupación en relación a que todo este trabajo no vaya a quedar en una mera declaración de principios, meros cambios estructurales o para intentar delegar en los municipios responsabilidades que son propias del Estado provincial, las que deben compartirse pero no delegarse, no estaba errada en el diagnóstico de las políticas públicas en materia de niñez que impulse hace ya más de una década”.
“Hace ya 10 años la ley 2.703 – actualmente operativa – prevé en su artículo 46 la obligación de programas de formación y capacitación para madres padres tutores y/o guardadores, también programas de formación y capacitación para las personas que se dediquen a la atención de niños, niñas y adolescentes, respecto a la obligación de todos los funcionarios públicos estable que el gobierno de la Provincia de La Pampa intensificará en las capacitaciones a todos los actores involucrados en la implementación de la misma, como así también la amplia difusión pública para esa manera conocer los derechos y obligaciones, incluso de la ciudadanía en general para la realización de denuncias anónimas también posibilitadas en el sistema vigente en La Pampa, es decir que este proyecto de adherirse a esta ley nacional ya se encuentra operativo en la Provincia de La Pampa y fue totalmente incumplido”.
“Asimismo en uno de los fundamentos de los proyectos presentados precisamente los representantes del bloque Propuesta Federal consignan, que luego del repudiable hecho quedó en evidencia que el Estado no protege, ni reconoce de manera eficiente los derechos de los niños, niñas y adolescentes reconocidos en nuestra Constitución Nacional y tratados Internacionales; cuando en soledad promoví la acción de Juicio Político contra el actual Gobernador Ziliotto la Sala Acusadora integrada en parte por el oficialismo como por la oposición entre ellos el Sr. Torroba (Ucr) y la Sra. Trapaglia (Pro) rechazaron in-limine la posibilidad de concurrir el denunciado a dar explicaciones a los representantes de esta provincia para determinar si hubo o no culpabilidad de funcionarios, en la no aplicación del Sistema de Protección.”
Es por eso que muchos legisladores deben replantearse cuál es el sentido que se sancionen leyes de distintos contenidos y características si posteriormente las mismas son incumplidas total o parcialmente, porque lo significativo de las leyes no están en sancionarlas sino en darle vida a través de su cumplimiento