Habilitaron la excepción al Código Urbanístico que permitirá un hipermercado en La Rural

El Concejo Deliberante de Santa Rosa aprobó este mediodía por mayoría la polémica excepción al Código Urbanístico que permitirá la construcción de un hipermercado Carrefour en el histórico predio de La Rural.

La iniciativa promete una inversión de hasta 17 mil millones de pesos y la generación de unos 100 empleos directos. Carrefour y el municipio presionaron con plazos y cifras millonarias, la oposición había pedido un análisis más profundo.

El proyecto incluye dos excepciones: una para habilitar más superficie construida de la permitida y otra para ceder espacio para una nueva calle.

Artículo 1º: Declárese de Interés Comunitario, la actividad “Supermercado Mayorista Total o Integral”, en concordancia con lo previsto en el TITULO 5: NORMAS PARTICULARES SOBRE SUELO URBANO, Sección 5.15.3 USOS, del Código Urbano Ambiental – Ordenanza Nº 6.976/2023.-

Articulo 2°: Incorpórese al Distrito E11 de Uso Especifico la actividad de Supermercado, Supermercado Total o Integral y Otras Superficies Comerciales mayores a 1800 m².-

Artículo 3º: Exímase a la Asociación Agrícola Ganadera La Pampa, C.U.I.T. Nº 30-52729766-0, de cumplir con lo establecido en el TITULO 6: ACTIVIDADES Y USOS, Sección 6.2.1 NORMAS PARTICULARES REFERIDAS A SUPERMERCADOS O SUPERMERCADOS TOTALES O INTEGRALES Y OTRAS GRANDES SUPERFICIES DE VENTA, Artículo 6.2.1.3 LOCALIZACIÓN inc b) del Código Urbano Ambiental – Ordenanza Nº 6.976/2023, en relación a la superficie máxima de salón de ventas.-

Artículo 4º: Admítase la instalación de un Supermercado Mayorista/Minorista Total o Integral con una superficie total de 11.000 m², en el Corredor Comercial 10A y Distrito E11, con una superficie total a construir de 3500 m², con 2.800 m² (80%) destinados a Salón de Ventas y el resto (20%) destinado a Oficinas y Recepción de Mercadería.-

Artículo 5°: Exceptúese a la Asociación Agrícola Ganadera La Pampa, C.U.I.T. Nº 30-52729766-0 de cumplir con lo establecido en la SECCIÓN 4.3 SUELO URBANO, Articulo 4.3.3.5 LOTES PASANTES EN CORREDORES COMERCIALES.-

Artículo 6°: La Asociación Agrícola Ganadera La Pampa, deberá presentar la documentación técnica reglamentaria, para el trámite de aprobación de planos y completar el mismo cumpliendo con las observaciones que realicen las áreas técnicas de la Dirección de Planeamiento Urbano y Subdirección de Obras Particulares de la Municipalidad de Santa Rosa.-

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