El máximo tribunal penal dejó firme la sanción dictada por un tribunal oral federal. Jaime está actualmente en libertad.
La Cámara Federal de Casación confirmó una condena a dos años y medio de prisión para el ex secretario de Transporte Ricardo Jaime por el delito de “cohecho” en la licitación del frustrado proyecto del Tren Bala.
Los jueces Guillermo Yacobucci, Ángela Ledesma y Gustavo Hornos ratificaron la condena impuesta por el Tribunal Oral Federal 8 por el pago ilegal supuestamente acordado con la empresa adjudicataria de la licitación.
La condena incluye la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
Jaime, también condenado por otros hechos de corrupción, se encuentra actualmente en libertad.
En esta causa se investigó la presunta promesa de un soborno de un millón de dólares de la empresa ALSTOM para quedarse con la licitación del Tren de Alta Velocidad Argentina (TAVE), que proyectaba unir Buenos Aires con Córdoba, pasando por Rosario.
El fallo, de 120 páginas, resume la coincidencia técnica de los tres jueces.
No obstante, el juez Hornos desgranó párrafos de connotación política: “debe operar, en sustancia, el fin de restaurar el orden que ha sido quebrantado por el delito y el de dar satisfacción en tal sentido a las víctimas de tal quebrantamiento en su búsqueda de justicia en los casos delictivos que las afectaron”.
“Hay que insistir en el derecho de las víctimas y, en este caso de la sociedad, a obtener una estricta justicia en los casos en que fueron damnificadas. La comunidad toda se intranquiliza cuando se entera, en gran medida por fallos dictados como en la especie aquí examinada, que el Estado no cumple adecuadamente y con el rigor necesario y pertinente a la naturaleza de un hecho con su principal misión protectora a través del derecho, ni asegura la inalterabilidad del orden jurídico, ni crea una conciencia de seguridad general que haga posible a todos los habitantes del país el libre desarrollo de su personalidad y de su accionar”, añadió.
“La sentencia y la pena –resumió- también poseen una función expresiva enfática del castigo frente a una norma que ha sido quebrantada, reafirma el derecho subjetivo de la víctima que ha sido violado, y demuestra con claridad que el hecho fue en efecto un crimen”