En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico, Alejandro Gilardenghi, condenó a Miguel Ángel Corallo, de 65 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de homicidio culposo ocasionado por la conducción negligente, imprudente y antirreglamentaria y lesiones leves culposas, a la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para conducir vehículos, por el término de siete años.
El hecho ocurrió el 8 de marzo de este año, aproximadamente a las 07:30 horas, cuando el imputado Miguel Ángel Corallo iba circulando por ruta nacional Nº 35 en el tramo ubicado en el kilómetro 423, al mando de una pick up. En ese momento, ensayó una maniobra de sobrepaso de dos camiones que llevaban la distancia reglamentaria entre sí, que circulaban en la misma dirección, e invadió el carril contrario por donde se conducía un automóvil al cual impactó fronto lateralmente. Como consecuencia se produjo el deceso del conductor, en tanto la acompañante sufrió herida cortante en pie izquierdo y lesiones sufridas en el accidente cuyo tiempo de inutilidad para el trabajo fue menor de 30 días, su vida no corrió peligro, según el informe médico aportado.
Además le impuso las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio o residencia, someterse a la observancia de las reglas de conducta por el juez de ejecución penal y al cuidado y contralor del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje.
El acuerdo fue presentado por el fiscal Juan Ignacio Pellegrino, el defensor Jorge Salamone y el imputado. La parte querellante particular en representación de las víctimas, prestó su conformidad.