Los concejales Andrea Alejandra Alaniz (UCR), María Julieta Viceconte (PRO) Ricardo José Siutti (CO), Mario Eduardo Motzo (CO) y Gustavo Dardo Marrón (PN) promovieron en el mes de junio pasado, una Acción de Amparo contra el Intendente Municipal Ricardo Delfino, a fin de ejercer el Derecho a la Información que, desde el Ejecutivo, les han negado.
Los concejales manifestaron que “no puede permitirse que iniciativas parlamentarias votadas por unanimidad queden indefinidamente en espera de la respuesta del Departamento Municipal. Hemos tenido que recurrir a esta instancia judicial excepcional en busca de información, no solo para poder contar con la misma para desempeñar nuestro cargo de concejales, sino, por sobre todas las cosas, para claridad y tranquilidad a los vecinos que buscamos transparencia en la gestión pública, buscamos que las cuentas sean claras, y que toda la sociedad pueda estar informada de lo que sucede en nuestra localidad.”
El recurso de amparo fue presentado ante el Tribunal de la Provincia de La Pampa en el mes de junio último acompañado de todos los pedidos de informes que el Concejo elevara al Ejecutivo, aprobados por unanimidad y que el mismo desestimara, ignorara y en definitiva no diera respuesta.
Y resaltaron que “pedir informes es una de las herramientas con que cuenta el Concejo para controlar la disponibilidad y uso de los dineros públicos y el cumplimiento o no de las ordenanzas vigentes.”
“El amparo ha sido formalmente respondido, las acciones avanzan y el día 3 de noviembre se formalizó la audiencia convocada por la Jueza actuante, habiéndose constituido un cuarto intermedio para que desde el Ejecutivo Municipal se den las respuestas del caso.”
El Concejo Deliberante de Catriló, no tiene presupuesto propio, pero para tranquilidad de los catrilenses, estos concejales son asesorados y representados por abogados sin costo alguno para la Municipalidad. “Es de imaginar que la defensa del intendente no será pagada con recursos municipales, cuando lo que se reclama es producto de su irresponsabilidad e incumplimiento.” finalizaron.