La audiencia del quinto día del juicio oral por el homicidio de Lucio Abel Dupuy se extendió durante más de tres horas. El Tribunal de Juicio escuchó a cinco testigos, que se refirieron a episodios puntuales y a diligencias realizadas en las horas posteriores al fallecimiento del niño de cinco años.
Por el crimen de Lucio están acusadas su madre, Magdalena Espósito Valenti (25 años), y su pareja, Abigail Páez (28).
El pequeño murió la noche del viernes 26 de noviembre de 2021 en Santa Rosa. El deceso fue certificado por un médico del hospital Evita, ya que había sido trasladado hasta allí para su atención. En realidad, Páez lo llevó primero en brazos hasta la posta sanitaria del barrio Río Atuel, pero como el lugar estaba cerrado, dos vecinos la acercaron en auto hasta el citado nosocomio.
La primera testigo de hoy fue una mujer que trabajaba a pocos metros de la vivienda que habitaban las imputadas con el niño, en la calle Allan Kardec. Ella fue citada por la querella para relatar un hecho específico que observó días antes del fallecimiento de Lucio.
Después, a requerimiento de la fiscalía, testificaron cuatro integrantes de la Agencia de Investigación Científica, dependiente del Ministerio Público Fiscal. Todos hablaron de las tareas que efectuaron a partir de conocerse lo sucedido, tanto en el hospital Evita como en la vivienda de las acusadas; y además de cómo se hicieron y cuáles fueron los resultados de los distintos peritajes.
Un bioquímico detalló cómo se clausuró la casa de las acusadas –para preservar la escena– en la madrugada del sábado 27, se inspeccionó un vehículo y se recolectaron ropas. A su vez, se le requirió, ante la atenta mirada del tribunal, que reconociera una serie de documentos.
Luego un policía de la AIC relató que concurrió al Evita y que allí esperó al médico forense. El oficial también explicó cómo ingresaron al inmueble, posteriormente allanado, y cómo se realizaron algunas de las pericias. Además describió qué encontraron en el inmueble, cómo se preservó la cadena de custodia y respondió preguntas de la fiscalía y la defensa sobre los resultados de esos peritajes.
Antes de comenzar con la declaración del policía, y a sabiendas que iban a exhibirse fotografías, Espósito Valenti y Páez pidieron retirarse del recinto y oyeron el testimonio desde dos salas contiguas. La misma conducta habían mostrado ayer cuando supieron que se mostrarían imágenes en una pantalla grande, cuando habló el médico forense Juan Carlos Toulouse. Una vez concluido ese testimonio, volvieron a sentarse juntos a sus defensores.
Los otros dos testigos, un hombre y una mujer, indicaron qué participación tuvieron en esas diligencias. El primero concurrió al hospital Evita y en el departamento de la calle Allan Kardec; mientras que la segunda fue interrogada sobre un peritaje específico efectuado por ella.
El debate está a cargo de la jueza de audiencia, Alejandra Ongaro, como presidenta del tribunal, y sus pares Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora.
En esta quinta jornada también estuvieron presentes las fiscales Verónica Ferrero y María Mónica Rivero; las defensoras públicas Silvina Blanco Gómez y Paula Arrigone; el defensor público Pablo De Biasi; el apoderado de la querella, José Mario Aguerrido; y la asesora de Niñas, Niños y Adolescentes, Graciela Massara.
Blanco Gómez representa a Páez, De Biasi a Espósito Valenti, y Aguerrido a Christian Dupuy, el papá de Lucio (no asistió a la audiencia).
Espósito Valenti está acusada por el Ministerio Público Fiscal de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y formas concretas de realización y con acceso carnal vía anal y oral; agravado por ser la ascendiente (progenitora), por ser cometido por dos personas y por existir convivencia entre ella y la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía.
En tanto a Páez se le imputó abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y formas concretas de realización y con acceso carnal vía anal y oral; agravado por ser la guardadora al momento de los hechos, por ser cometido por dos personas y por existir convivencia entre ella y la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía.
La querella particular le añadió a esas calificaciones legales que el homicidio fue cometido por odio de género.