El juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a un hombre de 41 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple agravado por la guarda como delito continuado y abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda, ambos en concurso real, a la pena de diez años de prisión.
El juicio oral tuvo lugar el 31 de agosto, con la actuación unipersonal del juez Pagano, la intervención de Enzo Paolo Rangone y Juan Marcelo Cupayolo en carácter de fiscal sustituto y fiscal adjunto respectivamente, la letrada Camila Virginia Aimar en representación de la querellante particular-la progenitora de la menor damnificada- y en defensa del acusado lo hizo el defensor particular Juan Carlos De La Vega.
Las pruebas aportadas en la causa permitieron corroborar que, sin poder precisar la fecha exacta, pero entre los años 2013 y 2015, cuando mantenía una relación de pareja con la progenitora de la damnificada, el imputado abusó sexualmente de la hija de la misma, que contaba en el momento de los hechos con 13 años.
En los alegatos finales, la fiscalía mantuvo la acusación y solicitó la condena del acusado a la pena de diez años de prisión. La representante de la querellante particular coincidió con el relato de los hechos realizado por la fiscalía, con la prueba aportada, las figuras penales y el monto de la pena solicitado.
Luego de analizadas las pruebas aportadas en el juicio, el juez concluyó afirmativamente respecto a la ocurrencia de los hechos, la responsabilidad del acusado, y los encuadres típicos a aplicar.
En referencia a la pena a imponer, como circunstancias agravantes tuvo en cuenta “la pluralidad de hechos de abuso sexual simple agravados por la guarda, la gran diferencia de edad con la víctima y la asimetría de poder que ello implica, el gran daño psicológico producido en la damnificada”. Finalmente le impuso al imputado la prohibición del salir del país, medida que será de aplicación inmediata.