Parque Lineal: solicitan el cese de las obras en terrenos del ferrocarril

El Bloque UCR, por iniciativa de la concejal Luján Mazzucco, presentó un proyecto de comunicación solicitando el cese en el avance de todas aquellas obras del Parque Lineal sobre terrenos no cedidos a la comuna por convenio con la empresa Ferroexpreso Pampeano.

«Se puede advertir que la construcción del parque avanza sobre el sector de las vías del ferrocarril que no fue cedido por FEPSA al Municipio.»

VISTO:

El artículo 54, inciso d) de la Disposición N° 2/2000, “Reglamento interno del Concejo Deliberante” y; 

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanza 1809/96 se aprobó el convenio suscripto con fecha del 9 de abril de 1996 entre FERROEXPRESO PAMPEANO S.A. (FEPSA)  y la Municipalidad de Santa Rosa respecto al uso y goce de los terrenos adyacentes a las vías del Ferrocarril los cuales serán exclusivamente destinados para espacios verdes y de recreación entre los siguientes tramos:  A. Felice y Avda. Uruguay, Avda Uruguay y González, A. Brown y Avda Circunvalación Santiago Marzo. 

Que de acuerdo a convenio la cesión precaria de FEPSA a favor del PERMISIONARIO comprendió los terrenos adyacentes a las vías del ferrocarril, con excepción de aquellos que van de los 5 metros desde el borde exterior del riel hacia ambos lados de la vía, en la que el Municipio se obligó a construir a su cargo un alambrado que separe las vías del ferrocarril con los terrenos cedidos (art. 1). 

Que por artículos 3 y 5 se prohibió al PERMISIONARIO darle a los terrenos cedidos un uso o destino distinto al acordado, no pudiendo efectuar edificaciones fijas de ningún tipo, bajo causal de caducidad del mencionado convenio. 

Que por artículo 11 se estableció que el permiso podrá ser revocado por FEPSA o la Comisión Nacional de Transporte Ferroviario, en cualquier fecha, cuando razones de servicio o de conveniencia empresaria así lo hagan necesario, sin derecho para el PERMIISIONARIO a reclamar mediante medio de ninguna naturaleza.

Que por artículo 13 se dejó previsto que serán causales de caducidad del convenio las infracciones e incumplimiento del PERMISIONARIO de las obligaciones asumidas. 

Que por Ordenanza 4064/2009 se autorizó al Departamento Ejecutivo a suscribir convenio de comodato con FEPSA respecto a la zona adyacente a la vía de la Avda. Uruguay con destino estacionamiento de la Ciudad Judicial, declarándose la vigencia del Convenio de permiso de uso celebrado el día 9 de abril de 1996 y aprobado por Ordenanza Municipal Nº 1809/96.

Que con fecha del 11 de junio de 2024 los bloques de la UCR, PRO y Comunidad Organizada presentamos ante este Concejo Deliberante pedido de Comunicación respecto a la construcción del denominado “Parque Lineal”.

Que en el mencionado proyecto se dijo “Que una de las principales informaciones que corresponde solicitar al Departamento Ejecutivo, en resguardo del patrimonio municipal, es acerca del predio donde se pretende radicar el Parque Lineal, es decir, los terrenos del Ferrocarril Sarmiento cuyos derechos ejerce la firma concesionaria Ferroexpreso Pampeano S.A. Que la ocupación permanente de los terrenos en los que se encuentran las vías del ferrocarril impedirá, seguramente, la posibilidad de recibir en el centro de la ciudad a proyectos como el del “Tren Sanitario”, como ocurrió en mayo de 2022, u otros similares, que tiendan a impulsar la vuelta de dicho medio de transporte".

Que en consonancia con aquella preocupación solicitamos informe al Departamento Ejecutivo sobre la mencionada obra, requiriéndose en su punto 3 respecto a las “Condiciones de dominio y titularidad del predio donde se instalará el parque, indicando restricciones vigentes, autorizaciones tramitadas, y alcance de los derechos de la empresa Ferroexpreso Pampeano SA, como así también carácter de la ocupación por parte de la Municipalidad, extensión temporal y superficie que abarca la misma".

Que de acuerdo a las publicaciones del mismo Municipio en donde se ven los avances del parque mencionado, se puede advertir que la construcción del parque avanza sobre el sector de las vías del ferrocarril que no fue cedido por FEPSA al Municipio en el convenio aprobado por Ordenanza  1809/96. Es así qué entre otras obras, se han instalado adoquines dentro de los rieles y en el espacio de 5 metros que van del borde exterior del riel, no habiéndose tampoco levantando el alambrado perimetral para delimitar el área del parque municipal y la zona del de uso ferroviario no cedido a la comuna. 

Que de no haberse gestionado una modificación del convenio, que por otra parte además requiere de la aprobación del Concejo Deliberante mediante la sanción de la respectiva Ordenanza, lo actuado por el Departamento Ejecutivo puede acarrear la caducidad del mismo, lo que importará la restitución de la totalidad de los terrenos cedidos precariamente, estando a exclusivo cargo de la Municipalidad todos los gastos que se originen para restablecer los terrenos a su estado original (artículo 6 del Convenio).

Que ya sea por el impedimento que la obra realizada ocasiona a la vuelta del ferrocarril a la estación de la ciudad de Santa Rosa, o bien por los posibles perjuicios económicos que puede llegar a sufrir el municipio por el incumplimiento del convenio, corresponde requerir en forma urgente al Departamento Ejecutivo el cese de las obras sobre terrenos de propiedad del Estado Nacional que no fueran cedidos.

POR ELLO, EL BLOQUE DE CONCEJALES DE LA UCR, PRESENTA EL SIGUIENTE PROYECTO DE:

COMUNICACIÓN

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal solicitando con carácter urgente el cese en el avance de todos aquellas obras del Parque Lineal sobre terrenos no cedidos a la comuna por convenio del 9 de abril de 1996 aprobado por Ordenanza 1809/96, debiendo restituir a su estado original la vía y el espacio de 5 metros que van del borde exterior del riel hacia ambos lados, con la construcción del alambrado perimetral que se estableciera por artículo 1.