El legislador pampeano Daniel Kroneberger presentó un proyecto de Ley en el Senado de la Nación que busca regular la equinoterapia como método terapéutico de rehabilitación de la salud integral humana. Asimismo, el legislador radical solicitó que quede incorporada al programa médico obligatorio (PMO) y al nomenclador de prestaciones para personas con discapacidad.
Al referirse a los beneficios que traería la aprobación de su iniciativa, Kroneberger explicó: “Hace años que nos debemos esta ley; se lo debemos a quienes requieren de este tipo de terapias para mejorar su vida. Está comprobado que esta práctica resulta muy efectiva para el mejoramiento de su salud, para la rehabilitación y para el desarrollo cognitivo, físico, emocional, social. Esto repercute positivamente en la autoestima. Por eso, no tengo dudas de que la equinoterapia debe ser un método de rehabilitación accesible y para la inclusión”.
Así, Kroneberger pidió que a la Ley Nº 24.901 del Sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad se incorpore un artículo que tiene que ver con la iniciativa presentada y que las obras sociales brinden cobertura del cien por ciento.
En el proyecto se señala que las personas con discapacidad, las personas encuadradas en la ley de salud mental (Ley 26.657) y las personas que posean indicación médica de tratamiento serán beneficiadas con su iniciativa.
También, Kroneberger solicitó que la práctica sea impartida por un equipo interdisciplinario conformado por un profesional del área de la salud, un profesional del área de la educación y un técnico en el área ecuestre.
En tanto, un médico veterinario estará a cargo del bienestar de los caballos.En el proyecto de Kroneberger, además, se contempla que los centros de equinoterapia deben contar con elementos de primeros auxilios, servicio de emergencia, seguro de responsabilidad civil, instalaciones equipadas y cumplimiento de las normas de accesibilidad para personas con movilidad reducida.
Por último, en el proyecto del senador radical pampeano se detalla que “los equinos destinados a la equinoterapia deben ser debidamente entrenados y adiestrados” y que por ello deberá garantizarse su cuidado de acuerdo a las normas nacionales e internacionales de los derechos del animal y a las prácticas de bienestar animal.“Acá, fue muy importante la participación y el apoyo que recibimos de integrantes de la Red Argentina de Equinoterapia, que trabajan para visibilizar y reconocerla como un método terapéutico. Desde ya, es fundamental el bienestar animal”, finalizó Kroneberger.
Sobre la equinoterapia
Es importante destacar que la equinoterapia es la disciplina dentro del marco de la medicina integrativa utilizada para la habilitación, rehabilitación y educación de personas con discapacidad o que poseen indicación médica del tratamiento, mediante el uso de un caballo apto, certificado y debidamente entrenado. Desde ya, debe ser impartido por personas capacitadas y en lugares adecuados para este fin. Por lo que esta práctica debe ser llevada a cabo en entidades destinadas a prestar el servicio, respondiendo a una infraestructura física, personal capacitado, caballos aptos y el correspondiente equipamiento para dicha actividad.